La Comisión Europea propone prorrogar por un año más, el certificado COVID digital de la UE, hasta el 30 de junio de 2023. Por el momento, no se puede saber el impacto de un posible aumento de casos en el segundo semestre del 2022 ni de la aparición de nuevas variantes, por este motivo proponen prorrogarlo un año más.
En un comunicado, explican que el virus de la COVID-19 sigue infestando Europa y que prorrogar el Reglamento garantizará que los viajeros puedan seguir utilizando su certificado COVID-19 digital de la UE cuando viajen por la UE, en el caso de que los Estados miembros mantengan determinadas medidas de salud pública.
La Comisión Europea adopta hoy la propuesta para que el Parlamento Europeo y el Consejo puedan ultimar el procedimiento legislativo a tiempo antes de que expire el Reglamento vigente.
Algunas modificaciones
Quieren incluir pruebas de antígenos de los laboratorio de alta calidad entre los tipos de pruebas por las que puede expedir un certificado de prueba diagnóstica. Con ello se pretende ampliar el ámbito de aplicación de los tipos de pruebas diagnósticas en un momento en el que las pruebas de COVID-19 experimentan una fuerte demanda.
Esperan poder garantizar que los certificados de vacunación contengan el número total correcto de dosis administradas en cualquier Estado miembro, no solo en aquel que expida el certificado. Con ello se pretende responder a las preocupaciones planteadas por los ciudadanos sobre los certificados que indican un número incorrecto de dosis cuando han recibido dosis de vacunas en diferentes Estados miembros.
Quieren que se puedan expedir certificados a las personas que participen en ensayos clínicos de vacunas contra la COVID-19. El certificado COVID digital de la UE expedido a los participantes en ensayos podrá ser aceptado por otros Estados miembros. Esta medida tiene por objeto fomentar el desarrollo y el estudio permanentes de vacunas contra la COVID-19.
Recuerda
El uso nacional de los certificados COVID digitales de la UE sigue siendo competencia de los Estados miembros. El Derecho de la UE sobre el certificado COVID digital de la UE no prescribe ni prohíbe el uso nacional de dicho certificado (por ejemplo, para el acceso a eventos o restaurantes).
Al mismo tiempo, cuando un Estado miembro establezca un sistema de certificado COVID-19 para fines nacionales, debe seguir garantizando que el certificado COVID digital de la UE también sea plenamente aceptado a esos efectos.
Además, la Comisión también anima a los Estados miembros a que armonicen sus períodos de validez nacionales con el período de validez establecido a escala de la UE a efectos de viaje. Fuente: ec.europa.eu.